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DHS anuncia los derechos de inmigración DOMA y #038; Beneficios

Inmigración Matrimonio Igualdad

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Hoy el Departamento de Seguridad Nacional ha anunciado algunas preguntas frecuentes sobre cómo las últimas Decisión SCOTUS en DOMA afecta los beneficios federales de inmigración. Ahora, los peticionarios ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales pueden solicitar los derechos y beneficios de inmigración de DOMA para sus cónyuges. Esto está en línea con lo que he descrito previamente. Esto es lo que ha proporcionado el DHS:

Preguntas frecuentes

P1: Soy ciudadano estadounidense o residente permanente legal en un matrimonio del mismo sexo con un ciudadano extranjero. ¿Puedo ahora patrocinar a mi cónyuge para una visa de inmigrante basada en la familia?

A1: sí, puede presentar la petición. Puede presentar un Formulario I-130 (y cualquier solicitud que lo acompañe). Su elegibilidad para solicitar su cónyuge, y la admisibilidad de su cónyuge como inmigrante en la solicitud de visa de inmigración o en la etapa de ajuste de estatus, se determinará de acuerdo con la ley de inmigración aplicable y no se negará automáticamente como resultado de la naturaleza homosexual de tu matrimonio.

P2: Mi cónyuge y yo nos casamos en un estado de EE. UU. Que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero vivimos en un estado que no lo hace. ¿Puedo presentar una solicitud de visa de inmigrante para mi cónyuge?

A2: Sí, puede presentar la petición. Al evaluar la petición, como un asunto general, USCIS observa la ley del lugar donde se celebró el matrimonio al determinar si es válida para fines de la ley de inmigración. Esa regla general está sujeta a algunas excepciones limitadas bajo las cuales las agencias federales de inmigración históricamente han considerado la ley del estado de residencia además de la ley del estado de celebración del matrimonio. Si se aplican esas excepciones puede depender de circunstancias individuales específicas de los hechos. Si es necesario, podemos proporcionar más orientación sobre esta cuestión en el futuro.

Autor de la foto: fallentomato / Foter / CC BY-NC-SA