Ir al contenido
  • Enlace a LinkedIn
  • Enlace a Facebook
  • Enlace a Instagram
  • Enlace a Threads
  • ES
    • English EN
    • Portuguese
  • CONSULTA
Llámenos: +1 (305) 792-8677
HarrisLaw | Abogado de Inmigración en Miami | Experto en visas EB-5 H-1B NIW
  • Inicio
  • Nuestro Equipo
    • ¿Por qué elegir un abogado certificado por la Junta?
    • Michael A. Harris
    • María Ortega
  • Areas de Práctica
    • Inmigración de Inversiones
      • Programa de Inversión EB-5
        • Promotores de proyectos EB-5
        • Inmigrantes Inversionistas
      • Visas de Inversión E-2
    • Inmigración Empresarial
      • Visas para Trabajadores Especializados y Profesionales
      • Visas L-1 para las compañías multinacionales
      • Visas para Personas con Habilidades Extraordinarias
      • Visados de importación y exportación (E-1)
      • Visas de Inversión E-2
      • Visas E-3 para australianos
      • Visas de animador y atleta
        • Atletas y equipos deportivos
        • Visados P-1 para personal de apoyo esencial
        • Visados P-1B para grupos de entretenimiento
        • Otros tipos de visa P
      • Visas TN para Canadienses y Mexicanos
      • Certificación de trabajador sanitario
    • Residencia Permanente por Eempleo
      • Certificacion Laboral
      • Anexo A
      • Visado EB-1: Inmigración de primera preferencia basada en el empleo
        • Personas con Habilidades Extraordinarias
        • Profesores e investigadores destacados
        • Gerentes Multinacionales o Ejecutivos
      • EB-2, Trabajadores de Segunda Preferencia
        • Exenciones de Interés Nacional
      • Visado EB-3: Trabajadores cualificados, profesionales y no cualificados
      • Inversores Inmigrantes EB-5
    • Ciudadanía por inversión
      • San Cristóbal y Nieves
      • Malta
      • Portugal
      • Granada
    • Inmigración Familiar
    • Defensa de Deportación
    • Otros servicios de Inmigración
      • Procesamiento Consular de la Embajada de los Estados Unidos
      • Visas de estudiante para estudiar en los EE. UU.
      • Visas de turista por negocios y placer
      • Visitantes de intercambio, aprendices y pasantes
      • Aplicaciones de Ciudadanía y Naturalización de los Estados Unidos
  • EB-5
    • Inmigrantes Inversionistas
    • Promotores de proyectos EB-5
    • Noticias EB-5
  • NIW
  • Blog
  • Contáctenos
  • Haga clic para abrir el campo de búsqueda Haga clic para abrir el campo de búsqueda Buscar
  • Menú Menú

CERTIFICACIÓN LABORAL Leer más Retrato profesional de negocios para página de visado de trabajo temporal.

UNA CERTIFICACIÓN LABORAL (PERMELO LLAMADO) PUEDE ASEGURAR UNA TARJETA VERDE CUANDO OTRAS VISAS PUEDEN NO ESTAR DISPONIBLES

Algunos categorías de visas de inmigrantes basadas en el empleo exigir que un extranjero tenga una oferta de trabajo de un empleador de los EE. UU. Esto significa que el empleador debe solicitar primero en nombre de su trabajador extranjero. Se requieren empleadores para algunos EB-1, EB-2, EB-3, y EB-4 las categorías Para algunas categorías de visa EB-2 y EB-3, antes de que un empleador pueda presentar una petición de inmigración al USCIS, el empleador debe solicitar una certificación laboral del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL). Esto significa, en esencia, que el empleador debe probar primero el mercado laboral de los EE. UU. Para tratar de encontrar un trabajador de los EE. UU. Disponible y calificado que cumpla con los requisitos mínimos de empleo. Un empleador prueba el mercado laboral colocando anuncios en un periódico, así como otros tipos de medios o en línea.

Abogado de certificacion laboral miami

La Certificación Laboral del DOL confirma lo siguiente:

  • No hay suficientes trabajadores legales disponibles, calificados y voluntarios para llenar el puesto que se ofrece al salario prevaleciente del empleador estadounidense.
  • La contratación de un trabajador extranjero no afectará negativamente los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar en el área del empleo previsto.

En 2004, se modificó el proceso de certificación laboral. Este nuevo proceso rediseñó el programa de certificación laboral permanente, que se conoció como PERM en 2005. En la actualidad, los problemas críticos relacionados con este proceso involucran lo siguiente:

  1. Solicitud. El empleador debe completar una Solicitud de Certificación de Empleo Permanente, conocida como el Formulario ETA 9089. Esta solicitud describirá los deberes laborales, los requisitos educativos, la capacitación, la experiencia y otras habilidades especiales que el empleador de los EE. UU. Requiere que su empleado posea para poder realizar el trabajo. La aplicación también describirá las calificaciones del trabajador extranjero.
  2. Salario prevaleciente. Antes de presentar su solicitud, el empleador debe solicitar y obtener una determinación de salario prevaleciente.
  3. Pre-presentación de los pasos de reclutamiento. Todos los empleadores que presenten una solicitud de PERM (excepto aquellas solicitudes que involucren ocupaciones de la Lista A y pastores de ovejas) están obligados a dar fe de que el DOL ha realizado el reclutamiento antes de presentar la solicitud. Para las ocupaciones buscadas por un empleador que se consideran "profesionales" según la ley, un empleador debe reclutar utilizando estándares adicionales para ocupaciones profesionales, que son aquellas que normalmente requieren una licenciatura o un título superior. Para todas las demás ocupaciones que normalmente no requieren una licenciatura o un título superior, los empleadores simplemente pueden contratar bajo los requisitos para ocupaciones no profesionales. Una vez que se completa el proceso de reclutamiento, el empleador debe preparar un informe de reclutamiento en el que clasifique las razones legales relacionadas con el trabajo para el rechazo de los solicitantes de EE. UU. Y proporcione el número de solicitantes de EE. UU. Rechazados en cada categoría.
  4. Auditorías / solicitudes de información. Dependiendo de una variedad de razones, como un empleador que requiere más del mínimo requerido para una ocupación, el DOL puede seleccionar la solicitud de auditoría de un empleador, así como si el DOL lo solicita de otra manera.
  5. Presentación en línea. Con la creación del sistema PERM, un empleador tiene la opción de presentar una solicitud electrónicamente o por correo. El método en línea se considera más rápido y el sistema está diseñado para garantizar que un empleador no pueda enviar su solicitud a menos que haya proporcionado toda la información requerida.

Algunas preguntas comunes sobre el proceso de certificación laboral son:

  • ¿Cuánto tiempo tomará la aplicación PERM del DOL? Dependiendo de la naturaleza del programa, el proceso de presentación podría demorar varios meses.
  • ¿Qué hago ahora que se aprueba la certificación laboral permanente? Dentro de los 180 días posteriores a la fecha en que se certifica la solicitud, el empleador debe presentar una Petición de Inmigrante ante el USCIS.
  • ¿Qué es una ocupación de Schedule A?  Una ocupación que se considera en la Lista A se compone de ciertas ocupaciones, según lo establecido por el DOL, para las categorías de empleo que ha determinado que no hay suficientes trabajadores de los EE. UU. Que puedan, quieran, estén calificados y estén disponibles. Además, el Anexo A establece que el empleo de extranjeros en tales ocupaciones no afectará adversamente los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar. Las ocupaciones enumeradas en el Anexo A incluyen:
    • Grupo I: (1) fisioterapeutas y (2) enfermeras profesionales
    • Grupo II:
      1. Los extranjeros con habilidades excepcionales en las ciencias o las artes, incluidos los docentes universitarios y universitarios con habilidades excepcionales que han practicado su ciencia o arte durante el año anterior a la solicitud y que pretenden practicar la misma ciencia o arte en los Estados Unidos. Para los fines de este grupo, el término "ciencia o arte" significa cualquier campo de conocimiento y / o habilidad con respecto al cual los colegios y universidades comúnmente ofrecen cursos especializados que conducen a un título en el conocimiento y / o habilidad. Sin embargo, un extranjero no necesita haber estudiado en un colegio o universidad para calificar para la ocupación del Grupo II.
      2. Artes escénicas Extranjeros con habilidades excepcionales en las artes escénicas cuyo trabajo durante los últimos 12 meses requirió, y cuyo trabajo previsto en los Estados Unidos requerirá, capacidad excepcional.
Si usted es un empleador que busca contratar permanentemente a un trabajador extranjero de los EE. UU. Que puede o no puede emplear actualmente, o si es un empleado permanente potencial que tiene un empleador que les ha ofrecido un puesto permanente de tiempo completo, por favor contáctamos para más información.
Insignia de certificación del Colegio de Abogados de Florida en derecho de inmigración y nacionalidad.
Logotipo de AILA en gris. 
Distintivo de reconocimiento de Chambers USA. 
Distintivo de reconocimiento Best Lawyers. 
Distintivo Martindale-Hubbell AV Preeminente
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en LinkedIn
  • Compartir por correo

blogMail

Díganos

Tu Pregunta

Ha alcanzado el límite del número de mensajes que puede enviar mediante este formulario.

Nuestro Contacto
Información

+1 (305) 792-8677

info@harrislawpa.com

El Edificio Ingraham
25 SE 2nd Avenue, Ste. 828
Miami, Florida 33131

Buscar en Buscar en

Artículo Categorías

  • Inmigración EB-5

    Ciudad de Miami al atardecer
  • Inmigración Empresarial

    Sello de visado de EE.UU.
  • Inmigración Familiar

    Familia viajando junta con equipaje en el aeropuerto.
  • Defensa de Deportación

    Estatua de la Libertad

HarrisLaw

HarrisLawEdificio Ingraham
25 SE 2nd Avenue, Suite 828
Miami, Florida 33131
Línea gratuita: (800) 792-9526
Miami-Dade: (305) 792-8677
info@harrislawpa.com

Enlaces rápidos

  • Inicio
  • Nuestro Equipo
  • Areas de Práctica
  • EB-5
  • NIW
  • Blog
  • Contáctenos
  • Direcciones

Afiliaciones y reconocimientos

Especialista certificado por el Colegio de Abogados de Florida en Derecho de Inmigración y NacionalidadChambers USALos mejores abogadosMartindale-Hubbell AV PreeminentAsociación Americana de Abogados de InmigraciónReconocimiento de EB5Investors como uno de los 25 mejores abogados especializados en inmigración
© 2026 HarrisLaw P.A. Publicidad de bufete de abogados. Este sitio web desarrollado por nosotros.
Aviso legal|Política de Privacidad
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba
We've detected you might be speaking a different language. Do you want to change to:
English English
English English
Cambiar idioma a Português do Brasil Português do Brasil
Español
Cambiar idioma a Italiano Italiano
Cambiar idioma a Français Français
Cambiar idioma a Русский Русский
Cambiar idioma a 简体中文 简体中文
Cambiar idioma a Deutsch Deutsch
Cambiar idioma a Nederlands Nederlands
Cambiar idioma a Dansk Dansk
Cambiar idioma a 日本語 日本語
Cambiar idioma a Português Português
Cambiar idioma a Polski Polski
Cambiar idioma a Čeština Čeština
Cambiar idioma a Română Română
Cambiar idioma a עִבְרִית עִבְרִית
Cambiar idioma a Tiếng Việt Tiếng Việt
Change Language
Close and do not switch language