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EB-2, TRABAJADORES DE SEGUNDA PREFERENCIA Retrato profesional de negocios para página de visado de trabajo temporal.

Implementar las mejores ideas para su negocio requiere un equipo diverso compuesto por personas brillantes

No siempre es posible encontrar al empleado adecuado, y cuando esa persona es un ciudadano extranjero, un empleador estadounidense podría considerar la categoría de visado de inmigrante EB-2 para profesionales con títulos avanzados e individuos con habilidades excepcionales en las ciencias, las artes o los negocios. Estas dos subcategorías del visado EB-2 generalmente requieren una oferta de trabajo y una certificación laboral, a menos que se considere que una persona está en el "interés nacional" y el USCIS no aplica ese requisito. A continuación, se encuentran las categorías y requisitos ocupacionales, con enlaces a nuestras otras páginas con estos temas:

Grado avanzado

El trabajo que solicita debe requerir un título avanzado y debe poseer tal título o su equivalente (un título de bachillerato más 5 años de experiencia laboral progresiva en el campo). Documentación, como un expediente académico oficial que demuestre que tiene un título avanzado en los EE. UU. O un título equivalente extranjero, o un expediente académico oficial que demuestre que tiene un título de bachillerato de los EE. UU. O un título equivalente extranjero y cartas de empleadores actuales o anteriores que demuestren que tener al menos 5 años de experiencia laboral progresiva post-bachillerato en la especialidad.

Habilidad excepcional

Debes ser capaz de mostrar una habilidad excepcional en las ciencias, las artes o los negocios. Una habilidad excepcional "significa un grado de experiencia significativamente superior al que normalmente se encuentra en las ciencias, las artes o los negocios". Debe cumplir al menos tres de los siguientes criterios:

  • Expediente académico oficial que demuestre que tiene un título, diploma, certificado o un premio similar de un colegio, universidad, escuela u otra institución de aprendizaje relacionada con su área de capacidad excepcional
  • Cartas que documentan al menos 10 años de experiencia a tiempo completo en su ocupación.
  • Una licencia para ejercer su profesión o certificación para su profesión u ocupación
  • Evidencia de que ha ordenado un salario u otra remuneración por servicios que demuestran su capacidad excepcional
  • Membresía en una asociación profesional (es)
  • Reconocimiento por sus logros y contribuciones significativas a su industria o campo por parte de sus pares, entidades gubernamentales, organizaciones profesionales o empresariales
  • Otra evidencia comparable de elegibilidad también es aceptable.

Renuncia de Interés Nacional

Los extranjeros que solicitan una exención por interés nacional piden que se les exima de la certificación laboral porque es en interés de los Estados Unidos. Aunque los puestos de trabajo que reúnen los requisitos para una exención por interés nacional no están definidos por la ley, las exenciones por interés nacional suelen concederse a quienes tienen una capacidad excepcional (véase más arriba) y cuyo empleo en los Estados Unidos beneficiaría enormemente a la nación. Las personas que buscan una exención por interés nacional pueden solicitarla por sí mismas (no necesitan que un empleador las patrocine) y pueden presentar su certificación laboral directamente ante el USCIS junto con su Formulario I-140, Petición de Trabajador Extranjero. Debe cumplir al menos tres de los criterios exigidos para las personas con capacidades excepcionales o como profesional de grado avanzado, y luego demostrar que es de interés nacional que trabaje permanentemente en los Estados Unidos.

Nota: a excepción de las Exenciones de Interés Nacional, las peticiones EB-2 generalmente deben ir acompañadas de una certificación laboral individual aprobada por el Departamento de Trabajo. En general, después de que se aprueba la certificación laboral, para calificar para una visa EB-2, su empleador debe presentar un Formulario I-140, Petición para trabajador extranjero.

Familia de poseedores de Visa EB-2

Su cónyuge e hijos menores de 18 años pueden ser admitidos en los Estados Unidos en estado de inmigrante. Durante el proceso en el que usted y su cónyuge solicitan el estatus de residente permanente, su cónyuge es elegible para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD).

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