La redistribución EB-5 está cambiando: USCIS Stakeholder Event podría arrojar luz sobre la nueva normativa

15 de abril de 2023 | Por Michael A. Harris

Pronto, es de esperar que el USCIS tenga su programado Participación de las partes interesadas en el EB-5. El acto se previsto inicialmente el 20 de marzo de 2023, pero se trasladó inesperadamente al 25 de abril de 2023. Uno de los temas para el compromiso serán los requisitos para que un inversionista inmigrante mantenga su inversión si presentó el Formulario I-526 antes del 15 de marzo de 2022, y el nuevo requisito bajo la Ley de Reforma e Integridad EB-5 de 2022 ("RIA") de que se debe esperar que el capital permanezca invertido durante al menos dos años para aquellos que presentaron un Formulario I-526 o un Formulario I-526E el 15 de marzo de 2022 o después. Este tema es de particular importancia para individuales EB-5 inversores y las partes interesadas del sector en lo que respecta al requisito de "en riesgo" y el cumplimiento de las directrices políticas del USCIS, y podría tener repercusiones significativas en la posibilidad de que un inversor obtenga una tarjeta de residencia.

los Programa EB-5creado por el Congreso de Estados Unidos en 1990, ha sido durante mucho tiempo una opción atractiva para los inversores extranjeros que buscan una vía para obtener la residencia permanente en Estados Unidos. El programa permite a los inversores obtener una tarjeta verde invirtiendo en una nueva empresa comercial ("NCE") que cree puestos de trabajo en los EE.UU. Sin embargo, en los últimos años han surgido preocupaciones sobre la gestión y la integridad del programa, lo que ha dado lugar a peticiones de reforma, como por ejemplo por parte de base organizaciones. El RIA, aprobado el 15 de marzo de 2022, introdujo cambios significativos en el programa EB-5, incluidas nuevas disposiciones relacionadas con la redistribución.

En el contexto del programa EB-5, la redistribución se refiere a la reinversión del capital de un inversor en un nuevo proyecto o inversión después de que la inversión original se haya reembolsado, completado o vendido. Este proceso permite al inversor mantener su inversión y satisfacer los requisitos del programa para mantener su inversión en la economía estadounidense.

Un descubrimiento importante

El año pasado, posiblemente antes que nadie, descubrí cambios significativos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) resultantes de la RIA que podrían tener un impacto significativo en el periodo de sostenimiento, que previamente había sido requerido a través del periodo condicional de un residente. En consecuencia, este impacto también puede cambiar drásticamente el proceso de redistribución. Al analizar detenidamente la hoja de ruta de los cambios aportados por la RIA a la INA, me quedé de piedra cuando me di cuenta de la gravedad de las modificaciones de la RIA a la INA. Estos cambios incluyen:

1. Nuevo periodo de inversión conforme al artículo 203(b)(5)(A)(i) de la INA: La enmienda aclara que se espera que el capital de un inversor permanezca invertido durante no menos de dos años. Este cambio hace hincapié en la necesidad de una inversión sostenida y puede influir en la forma en que los inversores y las ENC enfocan la redistribución, ya que destaca la importancia de mantener la inversión durante el tiempo requerido.

2. Nuevas disposiciones de recompra con arreglo a la Sección 203(b)(5)(D)(ii)(IV) de la INA: Esta enmienda establece que el capital invertido puede estar sujeto a una opción de recompra a discreción de la NCE y que el inversor puede retirar su petición sólo después de cumplir su periodo de mantenimiento y otros requisitos. Este cambio ofrece más flexibilidad a las NCE y a los inversores, garantizando que la inversión permanezca en la economía estadounidense y ofreciendo al mismo tiempo una opción de retirada en determinadas condiciones.

3. Supresión del mantenimiento de la inversión como base para poner fin a la residencia en virtud del artículo 216A(b)(1)(B) de la INA: El cambio clave en esta sección es que el cese del estatus de un inversor ya no puede basarse en no mantener su inversión durante todo el período de su residencia condicional de dos años. Anteriormente, el inversor podía perder su estatus si no mantenía su inversión durante toda su residencia en Estados Unidos. Ahora, el cambio introducido por la RIA establece que sólo si un inversor no ha "invertido el capital requerido" puede perder su residencia. Anteriormente, la ley tenía dos disposiciones que afectaban a un inversor que todavía estuviera "en proceso de invertir" o "no mantuviera" la inversión:

Estatuto Pre-RIA RIA
INA §216A(b)(1)(B) (B)

(i) el extranjero no invirtió, o no participaba activamente en el proceso de inversiónel capital requerido; o

(ii) el extranjero no estaba mantener las acciones descritas en la cláusula (i) durante todo el período de residencia del extranjero en Estados Unidos; o

(B) el extranjero no invirtió el capital requerido; o
INA §216A(d)(1)(A) (A)

(i) invertido, o está invirtiendo activamenteel capital necesario; y

(ii) mantuvo las acciones descritas en la cláusula (i) durante todo el período de residencia del extranjero en los Estados Unidos; y

(A) ha invertido el capital necesario;

De nuevo, fíjese en las partes en negrita o rojo que se han eliminado del INA.

4. Nuevo requisito si los inversores siguen "en proceso de creación" de empleo

INA §216A(d)(1)(B)

& (C)

(B) se ajusta por lo demás a los requisitos de la sección 203(b)(5). (B)

(i) ha creado el empleo exigido en la sección 203(b)(5)(A)(ii); o bien (ii) se encuentra activamente en el proceso de creación del empleo requerido en virtud de la sección 203(b)(5)(A)(ii) y creará dicho empleo antes del tercer aniversario de la admisión legal del extranjero como residente permanente, siempre que el capital de dicho extranjero permanezca invertido durante dicho período; y

(C) se ajusta por lo demás a los requisitos de la sección 203(b)(5).

Las recientes modificaciones de INA §216A(d)(1)(B) y (C) resultantes de la RIA tienen implicaciones significativas para los inversores EB-5 tanto en proyectos de centros regionales como en proyectos independientes directos. Anteriormente, la INA §216A(d)(1)(B) exigía que un inversor mantuviera su inversión durante todo el período de residencia permanente condicional, que suele ser de dos años. Sin embargo, la nueva versión de INA §216A(d)(1)(B) ahora establece que un inversor ya no está obligado a mantener su inversión durante el período de residencia condicional, a menos que aún no haya cumplido el requisito de creación de empleo conforme a INA §203(b)(5)(A)(ii).

En virtud de la nueva disposición de la INA §216A(d)(1)(B), se puede exigir a un inversor que mantenga su inversión durante su período de residencia de dos años si aún no se ha cumplido el requisito de creación de empleo. Esto significa que si los puestos de trabajo no se han creado antes de que finalice el periodo de residencia condicional del inversor, se le podrá exigir que mantenga su inversión durante dos años más, hasta que finalice el periodo de residencia de dos años. Esta nueva disposición pretende garantizar que los inversores sigan teniendo una participación financiera en el éxito del proyecto hasta que se haya cumplido el requisito de creación de empleo.

Para los inversores en proyectos de centros regionales, esta nueva disposición puede no tener un impacto significativo, ya que la gran mayoría de los proyectos de centros regionales están estructurados para crear los puestos de trabajo requeridos dentro del período de residencia condicional de dos años. Sin embargo, para los inversores en proyectos independientes directos, que pueden tener plazos de proyecto más largos o enfrentarse a retrasos inesperados, esta nueva disposición puede obligarles a mantener su inversión durante un período de tiempo más largo de lo previsto inicialmente.

En general, estos cambios en INA §216A(d)(1)(B) y (C) ponen de relieve la importancia de una planificación cuidadosa y la debida diligencia para los inversores EB-5. Los inversores deben asegurarse de que entienden perfectamente los requisitos de creación de empleo del programa y considerar cuidadosamente el calendario del proyecto y los riesgos potenciales antes de realizar una inversión.

La verdadera pregunta: ¿Cuál será el impacto potencial en la política del USCIS?

Las modificaciones del RIA podrían tener varias repercusiones en las políticas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos ("USCIS") en relación con el programa EB-5 y la redistribución. Estos impactos potenciales incluyen:

1. Aclaración política: Es posible que el USCIS tenga que publicar directrices actualizadas y aclarar su política de redistribución para tener en cuenta las nuevas disposiciones de la RIA. Esto podría implicar proporcionar información más detallada sobre el proceso de redistribución, el papel de las NCE y los requisitos para mantener y completar la inversión de capital de un inversor.

2. Mayor supervisión y cumplimiento: Las modificaciones del RIA podrían dar lugar a un aumento de los esfuerzos de supervisión y cumplimiento por parte del USCIS para garantizar que los inversores y las NCE cumplan los nuevos requisitos. Esto puede implicar controles más estrictos del proceso de redistribución, garantizando que el capital permanezca invertido durante el periodo requerido y supervisando el ejercicio de las opciones de recompra.

3. Mayor protección de los inversores: Los cambios introducidos por la RIA deberían dar lugar a una mayor protección de los inversores dentro del programa EB-5. Al hacer hincapié en la necesidad de una inversión sostenida y reducir el riesgo de rescisión, las políticas del USCIS pueden actualizarse para salvaguardar aún más los intereses de los inversores, garantizando que puedan navegar por el proceso de redistribución con mayor certeza y estabilidad.

4. Impacto en los plazos de tramitación: Las modificaciones del RIA pueden tener un efecto en los plazos de tramitación de las peticiones EB-5. A medida que el USCIS actualice sus políticas y procedimientos para incorporar los nuevos requisitos, es posible que se produzcan retrasos en la adjudicación de las peticiones. Sin embargo, es importante señalar que el enfoque del USCIS en la protección de los inversores y la aclaración de las políticas podría beneficiar en última instancia a los inversores mediante el aumento de la seguridad y la transparencia del programa.

Además, la enmienda INA §216A (d) (1) (B) también tiene implicaciones potenciales para los inversores en el centro regional y proyectos autónomos directos. Aunque un inversor ya no necesita mantener la inversión durante el período de residencia condicional, PUEDE que tenga que mantener su inversión durante su período de residencia de dos años SI no se han creado los puestos de trabajo. Esto significa que los inversores pueden tener que considerar cuidadosamente los riesgos y beneficios potenciales de invertir en proyectos que pueden no crear los puestos de trabajo requeridos dentro del período inicial de dos años.

Nuevas regulaciones en camino: ¿Será razonable el USCIS?

Como resultado de la RIA, la forma en que USCIS actualizará sus políticas y procedimientos para alinearse con estas nuevas disposiciones será fundamental para el proceso de redistribución, los esfuerzos de supervisión y cumplimiento, y los tiempos de procesamiento de peticiones. He aquí lo que creo que algunos cambios potenciales podrían ser a las regulaciones actuales bajo 8 C.F.R. sobre la base de una interpretación razonable de la Reforma EB-5 y la Ley de Integridad. Estos cambios podrían incluir:

1. Periodo de inversión sostenido: Actualizar 8 C.F.R. § 204.6(j) para reflejar el nuevo requisito del artículo 203(b)(5)(A)(i) de la INA de que el capital debe permanecer invertido durante al menos dos años. La normativa podría proporcionar más orientación sobre los criterios para cumplir este requisito, incluida la ampliación de los tipos de proyectos que pueden optar a la redistribución y la documentación necesaria para demostrar el cumplimiento.

2. Opciones de recompra: Modificar 8 C.F.R. § 204.6(j) para incorporar las disposiciones de la Sección 203(b)(5)(D)(ii)(IV) de la INA relativas a las opciones de recompra. Los reglamentos podrían aclarar las condiciones en las que se puede ejercer una opción de recompra, y cualquier requisito de información para las NCE que decidan ejercer estas opciones.

3. Cese del estatuto: Revisar 8 C.F.R. § 216.6 para reflejar los cambios en la Sección 216A(b)(1)(B) de la INA, que ya no exige la rescisión del estatuto de inversor por no mantener su inversión. La normativa podría proporcionar más orientación sobre los motivos de rescisión y las garantías procesales para los inversores que se enfrentan a la rescisión.

4. Procedimientos de redistribución: Actualizar 8 C.F.R. § 204.6(j) para ofrecer una orientación más específica sobre los procedimientos de redistribución, a la luz de los cambios introducidos por la Ley de Reforma e Integridad EB-5. Esto podría incluir abordar los plazos aceptables para la redistribución, el nivel de participación requerido del inversor y cualquier documentación adicional o requisitos de información. Esto podría incluir abordar los plazos aceptables para la redistribución, el nivel de participación requerido por parte del inversor, y cualquier documentación adicional o requisitos de información.

5. Control y cumplimiento: Modificar 8 C.F.R. § 204.6 y § 216.6 para establecer medidas de control y cumplimiento más sólidas, garantizando que los inversores y las NCE cumplan las nuevas disposiciones. Esto podría implicar la definición de las funciones y responsabilidades de las NCE en el mantenimiento del periodo de inversión sostenida, así como las posibles consecuencias en caso de incumplimiento.

6.Protección de los inversores: Revisar las secciones pertinentes del 8 C.F.R. para mejorar la protección de los inversores, teniendo en cuenta el mayor énfasis en la inversión sostenida y la reducción del riesgo de rescisión introducidos por la Ley de Reforma e Integridad del EB-5. Esto puede implicar el refuerzo de los requisitos de diligencia debida para las NCE, la descripción de los derechos de los inversores durante el proceso de redistribución y el establecimiento de directrices más claras sobre la resolución de conflictos.

7. Plazos de tramitación y adjudicación: Actualizar el 8 C.F.R. para abordar las posibles repercusiones sobre los plazos de tramitación y los procedimientos de adjudicación, a la luz de los cambios introducidos por la Ley de Reforma e Integridad del EB-5. Esto podría implicar la racionalización del proceso de revisión de la petición, el establecimiento de plazos claros para las diferentes etapas de la solicitud EB-5, y proporcionar orientación sobre cómo las nuevas disposiciones pueden afectar a los tiempos de procesamiento.

Conclusiones: IIUSA y AIIA difieren en su postura sobre la política de recolocación de inversores EB-5

IIUSA y AIIA, dos de las mayores asociaciones comerciales del sector EB-5, mantienen puntos de vista opuestos sobre la cuestión de la redistribución. IIUSA apoya la prácticaLa Comisión considera que este sistema es flexible y beneficioso tanto para los inversores como para los proyectos. Por el contrario, La AIIA lleva tiempo presionando contra la redistribuciónLos dos grupos están de acuerdo en la necesidad de una mayor transparencia y rendición de cuentas, pero sus puntos de vista divergentes sobre la redistribución reflejan un debate más amplio sobre la mejor manera de proteger los intereses de los inversores EB-5. Aunque ambos grupos pueden estar de acuerdo en la necesidad de una mayor transparencia y responsabilidad, sus diferentes puntos de vista sobre la redistribución reflejan el debate más amplio sobre la mejor manera de proteger los intereses de los inversores EB-5.

Los reglamentos actuales en virtud del 8 C.F.R. deben tener como objetivo reflejar los cambios introducidos por la Ley de Reforma e Integridad del EB-5 y proporcionar una orientación más clara para los inversores, las NCE y los adjudicadores del USCIS. Estas actualizaciones podrían abordar diversos aspectos del programa EB-5, incluida la inversión sostenida, la inversión parcial, la creación parcial de empleo, las opciones de recompra, la terminación del estatus, los procedimientos de redistribución, la supervisión y el cumplimiento, las protecciones de los inversores y los plazos de tramitación. Mediante la modificación de la normativa para incorporar las nuevas disposiciones, el USCIS puede ayudar a garantizar que el Programa EB-5 siga siendo una opción atractiva y segura para los inversores extranjeros, manteniendo al mismo tiempo la integridad del programa y promoviendo la inversión en la economía estadounidense. Cómo reaccione la industria, como en base a la unidad entre AILA's EB-5 Committee, IIUSA (la organización comercial que representa al sector de los centros regionales EB-5), así como a AIIA (el grupo sin ánimo de lucro dirigido a los inversores que trata de proteger sus intereses), puede determinar el resultado.

Abogado de inversionistas EB-5
Especialista EB-3
Abogado de AILA

blogMail

Díganos

Tu Pregunta

  • Estaremos encantados de llamarle por nuestra cuenta.
  • Por favor seleccione un problema de inmigración.
  • Describa su pregunta sobre inmigración.
  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Nuestro Contacto
Información

info@harrislawpa.com

El Edificio Ingraham
25 SE 2nd Avenue, Ste. 828
Miami, Florida 33131

Ir al contenido